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CLAVES PRÁCTICAS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

Tras asesorar durante múltiples procesos de contratación pública para nuestros clientes — tanto empresas con entidades del sector público —, desde MAGNAUZ hemos preparado una serie de claves prácticas de contratación pública enfocadas a ayudar la preparación de procesos de licitación.

1. ¿Qué es la Administración Pública y qué es el sector público?

Las Administraciones Públicas son las Administraciones territoriales correspondientes al estado, las comunidades autónomas y los municipios. Las Administraciones Públicas forman parte del sector público.

El sector público es un término amplio. Incluye tanto Administraciones Públicas como otras entidades, como, por ejemplo, aquellas vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas e incluso entidades de derecho privado que se encuentran también vinculadas o dependen de las Administraciones Públicas.

El marco regulatorio general del sector público por el que se rige en sus procedimientos de contratación es la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. También pueden aplicarse otras normas sectoriales y, en algunos casos, por normas propias, aunque es esencial conocer la Ley 9/2017.

2. ¿Dónde encontrar las licitaciones públicas de España?

La mayoría de Administraciones Públicas y otras entidades del sector público cuentan con una página web propia y un apartado dedicado a los contratos públicos, que habitualmente se suele denominar como Perfil del Contratante.

Asimismo, se puede encontrar información de los procedimientos de contratación pública en los apartados correspondientes de sus páginas webs dedicados a transparencia.

Para facilitar la búsqueda de expedientes de contratación pública, existe la Plataforma de Contratación del Sector Público, que centraliza todos los procedimientos de contratación pública:

https://contrataciondelestado.es/

La Plataforma de Contratación del Sector Público es un portal oficial, perteneciente al Ministerio de Hacienda y Función Pública del Gobierno de España.

3. ¿Cómo encontrar fácilmente un contrato público?

Si no se está familiarizado con la Plataforma de Contratación del Sector Público, resultará confusa. Los fundamentos prácticos que se han de conocer para buscar una licitación que pueda resultar de interés son los siguientes:

1. En la sección de «Publicaciones», subsección «Licitaciones», podremos desplegar el formulario de búsqueda de licitaciones.
2. En el formulario de búsqueda, son dos los campos que interesa atender.
  1.  De una parte, «Estado», en el que se podrá conocer si existen procesos de contratación pública activos y vigentes, en los que se pueda concurrir.
    También puede interesar para buscar licitaciones parecidas al sector al que la empresa se dedica y buscar referencias y orientaciones de los requisitos comunes y qué ofertaron en contratos semejantes al que nos interese otros competidores.
  2. De otra parte, «Código CPV». El CPV es el Vocabulario común de contratos públicos. Sirve para segmentar la búsqueda de contrato por sectores, áreas o prestaciones. Es una forma sencilla de segmentar contratos que puedan resultar de interés y evitar una búsqueda por palabras sueltas y frases que no tienen por qué coincidir con el catálogo de contratos públicos.

 

3. Hay que tener en cuenta que no todas las licitaciones públicas aparecen disponibles para realizar ofertas. Existen contratos menores y otras modalidades de contratación pública sin publicidad, respecto de las que se tiene conocimiento una vez concluido y formalizado el correspondiente contrato del sector público.

En ese sentido, animamos a las empresas a dirigiros a las distintas entidades del sector público y preguntar acerca de la existencia de sus contratos menores o de eventuales procesos de contratación sin publicidad.
El sector público siempre está disponible para conocer el interés de las empresas y posibles propuestas que pueden llegar a materializarse en un contrato.

Es importante subrayar que se recomienda, en todo momento, encontrarse adecuadamente asesorado, para saber a qué órgano dirigirse, los términos, cuidando siempre de la propiedad intelectual y otros datos de las
propuestas que se pretendan realizar.

Nosotros siempre recomendamos a nuestros clientes que prueben a seleccionar su CPV adecuado a su actividad y a suscribirse al servicio de notificaciones de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Facilita estar al tanto de nuevas licitaciones desde el mismo momento en el que se publiquen en la Plataforma.

4. ¿Qué plazo hay para preparar y presentar una propuesta?

La importancia de tener contacto constante con la Plataforma son los plazos para presentar solicitudes de participación y de proposiciones.

Una vez publicado un expediente de contratación pública, empieza a computar el plazo para presentar una oferta, en los términos que se concreten en los pliegos. Durante ese plazo, se pueden formular cuestiones y dudas al órgano contratante, con el fin de conocer aspectos que no queden claros de los pliegos rectores, de
valorar si merece o no la pena realizar proposiciones en un contrato del sector público o, sencillamente, definir y ajustar mejor la oferta en atención a las indicaciones que se extraigan del órgano contratante. Pueden incluso programarse visitas in situ en las instalaciones del órgano contratante para evaluar, por ejemplo, el alcance de los servicios de mantenimiento de unas infraestructuras concretas.

Los plazos de presentación de ofertas suelen oscilar, en función de la complejidad del contrato, respetando, en todo caso, los plazos mínimos fijados en la Ley 9/2017.

Nuestra recomendación es tener preparada una memoria técnica de carácter genérico, que los interesados puedan reajustar en un tiempo breve, para tener tiempo suficiente para valorar su oferta, los términos y necesidades del órgano contratante, poder formular preguntas y realizar visitas, y, en definitiva, evitar que el calendario para presentar una proposición en un contrato público que resulte de interés se convierta en un problema.

5. ¿Qué podría contener una memoria técnica para contratar con el sector público, que fuese fácilmente adaptable?

No hay una respuesta sencilla ni un estándar general. Cada órgano contratante del sector público que inicia un procedimiento de contratación pública establece sus necesidades y requisitos en los pliegos rectores (y a éstos hay que estar).

Sin embargo, os damos una serie de secciones que pueden resultar de interés para estructura una memoria técnica que se adjunte a la propuesta correspondiente:

  1. Introducción. Sirve para presentar a la empresa, los servicios que presta, hitos y trayectoria, entre otros aspectos a hacer valer.
  2. Perfil de la empresa. Dirigido a explicar la forma societaria, profundizar en la experiencia y hacer hincapié en servicios anteriormente prestados especialmente relacionados o parecidos al objeto del expediente de contratación pública que interese.
  3. Objetivos. Facilita recalcar ante la entidad del sector público que corresponda qué se pretende lograr con la prestación de un servicio, realización de una obra o provisión de suministro. En este caso, resulta de especial interés haberse dirigido previamente a la Administración Pública o entidad del sector público, con el fin de conocer el estado actual de una situación y poder realizar propuestas de mejora como objetivo propio en la oferta y memoria.
  4. Alcance de los servicios. Descripción de los servicios ordenada y concreta. Siempre se deben tener presentes los pliegos rectores de un contrato público para definir los mismos y ajustarlos a lo que precise el órgano contratante en cuestión. Se recomienda dividirlo por áreas o secciones, para mayor claridad. En caso de resultar poco claro o confuso, el órgano contratante puede pedir aclaraciones, subsanaciones o excluir la oferta.
  5. Metodología. Si el alcance es el qué, la metodología es el cómo. Cómo se ejecutan los servicios que se proponen, forma de trabajar y niveles de calidad y atención de los servicios.
  6. Equipo y experiencia. El capital humano es fundamental. La trayectoria de la empresa es importante, pero las personas que están detrás de ella son esenciales. Sin capital humano, los trabajos no se realizan. Poner en valor las capacidades, conocimientos y experiencia del equipo es una excelente forma de trasladar la valía del personal y evidenciar la confianza que se tiene en ellos ante el órgano contratante.
  7. Presupuesto y plazos. Los plazos para la ejecución de trabajos deben ser realistas. Por otro lado, el presupuesto debe abarcar tanto los costos evidentes por la ejecución de un trabajo durante un período de tiempo determinado, como otros gastos, como puedan ser transporte hasta unas instalaciones concretas, alquileres de equipo adicionales, personal de refuerzo o asesoramiento legal durante la ejecución del contrato. En todo caso, si se formula una oferta baja, con ánimo de obtener un contrato público, hay que advertir que dicha oferta puede resultar excluida por ser anormalmente baja.
  8. Contacto. Aportar datos de contacto, para consultas adicionales o discutir la propuesta en detalle. En todo caso, se deberá designar un responsable del contrato para la comunicación diaria con el órgano contratante.

6. ¿Qué criterios hay que tener en cuenta para preparar la propuesta?

En los procedimientos de contratación pública hay que tener presentes dos tipos de documentación que se presenta ante el órgano contratante, que gestiona el expediente.

1. En primer lugar, la documentación administrativa que acredita la solvencia. Estos documentos constituyen el paso previo a que la Mesa de Contratación valore la oferta, y se refieren a la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del licitador interesado.

Los criterios de solvencia son los mínimos que se deben cumplir en todo caso para que se acepte la propuesta y se puntúe.

(i). La solvencia económica y financiera se prevé en el artículo 87 de la Ley de Contratos del Sector Público. Salvo previsiones concretas de los pliegos rectores u otros criterios, se suele reflejar con el volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, debiendo ser éste de 1,5 por el valor estimado anual.

(ii). La solvencia técnica se acostumbra a acreditar con certificaciones de proyectos por empresas para las que se ha prestado servicios. En otros casos, también se puede acreditar mediante declaraciones responsables, si así lo permite la licitación pública.

En ocasiones, puede que los criterios de solvencia resulten restrictivos y prohibitivos para otras empresas, de modo que muy pocas puedan acceder a determinados contratos. La revisión por un experto legal en contratos públicos puede ayudar para orientar e impugnar licitaciones con anomalías o irregularidades.

2. En segundo lugar, la proposición, que en función de lo que requiera el órgano contratante del sector público, puede puntuarse de forma automática o por juicios de valor.

La valoración automática es sencilla. Por ejemplo, las ofertas económicas se valoran de forma automática por fórmulas tales como:

(Oferta más económica/Oferta evaluada) * Puntuación establecida para oferta económica

Los criterios evaluables mediante juicios de valor dependen de las apreciaciones de la Mesa de Contratación, sujetándose a su discrecionalidad. En caso de estar en desacuerdo, cabe recurrir la puntuación obtenida, siendo necesario probar que la valoración se realizó de forma irrazonable y arbitraria.

En cualquier caso, resulta evidente que es necesario ajustarse a los pliegos rectores de un procedimiento de contratación pública para confeccionar la oferta. Ahora bien, una vez cumplidos esos mínimos, criterios y requisitos del órgano contratante, desde MAGNAUZ siempre aconsejamos que se ponga de relieve el valor
diferenciador de una empresa licitadora sobre la competencia. La razón es sencilla: en el momento en el que la Mesa de Contratación estudie la oferta, una buena presentación y definición de por qué se es diferente ayuda especialmente cuando se puntúa parcialmente la propuesta mediante juicio de valor.

7. Nunca hay que olvidarse de la garantía.

Una duda que suelen plantear los clientes es la cuestión de la garantía y nuestra respuesta siempre es la misma: es raro que haya un procedimiento de contratación pública que no precise de garantía definitiva una vez adjudicado y formalizado el contrato.

Tener esa garantía presente desde un primer momento, como un costo inherente al proceso de contratación pública, facilita el cálculo operativo relativo a si compensa o no una licitación concreta.

La garantía sirve especialmente durante la ejecución del contrato, para detraer cantidades sobre la misma en caso de penalizaciones o indemnizaciones en favor del órgano contratante por mala ejecución. Al finalizar el contrato, se repone la misma o lo que quede de ella al licitador-contratista.

La garantía definitiva suele oscilar entre el 5 o el 10 por ciento del precio de adjudicación del contrato, I.V.A. excluido.

8. Una vez acaba la licitación pública, ¿ha acabado todo?

La respuesta es no.

Si se ha obtenido el contrato público, una vez adjudicado y formalizado, comienza su ejecución. Durante el desarrollo del contrato del sector público pueden surgir discrepancias en torno a cómo ejecutar el contrato y la interpretación de los pliegos y clausulado.

Nuestra recomendación es contar con un equipo legal serio, cercano y solvente, que esté siempre disponible para asesorarte y estudiar las opciones sobre la ejecución del contrato público.

Si no se ha obtenido el contrato público, cabe recurrir la adjudicación. Aumentan las posibilidades de éxito de un recurso si lo hacen profesionales cualificados y con experiencia, acostumbrados a analizar y aplicar la doctrina administrativa y jurisprudencia actualizada.

En ambos casos, os recomendamos poneros en contacto con nosotros. MAGNAUZ somos un despacho de abogados especializado en contratación pública. Estamos en Madrid pero asesoramos y ayudamos en toda España.

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