Magnauz Abogados | Derecho público | Jorge Juan 8 4ºC, Madrid despacho@magnauz.com

La IA llega a la Administración: nuevos riesgos en la contratación pública y cómo adaptar su empresa

La transformación digital y la ejecutividad algorítmica

El Derecho Administrativo está experimentando la revolución tecnológica más profunda desde la aparición del procedimiento electrónico. El concepto de «actuación automatizada, robotizada e inteligente» ha dejado de ser futurista para convertirse en una realidad práctica en la gestión pública. La Administración no solo usa expedientes electrónicos; ahora implementa Inteligencia Artificial (IA) y algoritmos para tomar decisiones de forma autónoma o semiautónoma.

Esta transformación es especialmente visible en un área de vital interés para las empresas: la Contratación del Sector Público. Los sistemas de e-procurement (contratación electrónica) se están sofisticando, incorporando IA para evaluar ofertas, asignar puntuaciones o incluso detectar riesgos.

Para las empresas que dependen de la adjudicación de contratos públicos, comprender cómo auditar y reaccionar a la decisión de un algoritmo ya no es opcional. Es una necesidad de supervivencia. Esta entrada, con la visión que proporciona la regulación de la actuación administrativa inteligente, le muestra cómo adaptarse y defenderse en esta nueva era.

I. La actuación automatizada en la Administración Pública

La Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público ya reconoce la figura de la actuación administrativa automatizada, aquella realizada íntegramente a través de sistemas de información sin intervención humana directa. La IA y la robotización son la extensión lógica de este concepto.

¿Dónde opera la IA en Contratación Pública?

  1. Evaluación de Ofertas: algoritmos que puntúan criterios de valoración objetivos (precios, plazos de entrega, experiencia cuantificable) e incluso subjetivos (evaluación preliminar de memorias técnicas).
  2. Detección de Riesgos: sistemas que identifican patrones de colusión, dumping o baja temeraria en la presentación de ofertas.
  3. Clasificación de Proveedores: automatización de los procesos de clasificación y mantenimiento de los registros de licitadores.
  4. Generación de Actos de Trámite: la IA puede generar requerimientos de subsanación, o incluso notificaciones de exclusión, de forma masiva y sin intervención de un funcionario en cada caso individual.

El acto administrativo generado por IA tiene la misma validez legal y es tan ejecutable como el dictado por un funcionario. Por lo tanto, requiere la misma, o mayor, diligencia en su impugnación.

II. Los nuevos riesgos algorítmicos para el licitador

La incorporación de la IA introduce fallos que no existían en el procedimiento manual, creando nuevos frentes de defensa legal.

1. El riesgo del «Black Box» (Caja Negra)

El mayor peligro es la falta de transparencia. Un Acto Administrativo debe ser motivado. Si la Administración utiliza un algoritmo para excluir o penalizar una oferta, la motivación debe explicar no solo el resultado final, sino también cómo el algoritmo llegó a esa conclusión.

El licitador tiene derecho a conocer la lógica de decisión del sistema de IA. La opacidad del algoritmo es  una vulneración del principio de transparencia.

Nuestra defensa se centra en solicitar y auditar el Código y la Lógica del Sistema para asegurar que no existe un sesgo (bias) o un error de programación que haya perjudicado la oferta.

2. El vicio de la incompetencia material del algoritmo

Un sistema de IA es una herramienta. La competencia (la potestad de tomar la decisión) sigue siendo humana y está radicada en un órgano. El Derecho Administrativo exige que se determine quién es el responsable del sistema automatizado para poder exigir responsabilidades.

Si el algoritmo se extralimita en sus funciones o aplica criterios no previstos en los pliegos (Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares o Técnicas), el acto administrativo resultante puede ser nulo por infracción del ordenamiento jurídico o incluso por incompetencia material.

III. Estrategias de defensa legal en la era de la IA contratadora

Ante una decisión automatizada desfavorable (una exclusión, una baja puntuación o la declaración de baja temeraria), la estrategia legal debe ser dual: de fondo (sustantiva) y tecnológica (procesal).

1. El Recurso Especial en Materia de Contratación (REMC)

En contratos de gran volumen (sujetos a regulación armonizada), la vía más rápida y efectiva no es el contencioso, sino el Recurso Especial en Materia de Contratación (REM), ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) o su homólogo autonómico.

  • Plazo Fatal: 15 días hábiles desde la publicación del acto recurrible (normalmente la exclusión o la propuesta de adjudicación).
  • Foco Legal: el REMC es el momento ideal para impugnar fallos algorítmicos, argumentando la vulneración de los pliegos y los principios de igualdad, transparencia y no discriminación.

2. La auditoría legal-tecnológica de la oferta

El trabajo del despacho en la era de la IA se ha transformado:

  • Revisión del Expediente: exigir que la Administración aporte toda la información relativa al funcionamiento del sistema algorítmico utilizado.
  • Contradicción de Datos: demostrar que los datos de entrada utilizados por el algoritmo eran erróneos o incompletos.
  • Prueba Pericial Informática: en caso de llegar al contencioso, es esencial presentar una pericial que audite el código fuente o la lógica interna del sistema para evidenciar el sesgo o el error de cálculo.

3. Adaptación de la oferta a la lógica algorítmica

Para adelantarse al problema, las empresas deben empezar a diseñar sus ofertas pensando en el software de la AP.

  • Claridad de Datos: asegurarse de que toda la información cuantificable (plazos, precios, certificaciones) esté perfectamente estructurada y fácil de leer por una máquina.
  • Evitar la Ambigüedad: los sistemas de procesamiento de lenguaje natural (NLP) de las AAPP pueden fallar con el lenguaje complejo o ambiguo en las memorias técnicas. La precisión es la aliada de la IA.

IV. El futuro del Derecho Administrativo: la responsabilidad por decisión autónoma

El Derecho Administrativo avanza hacia la necesidad de regular la responsabilidad cuando un acto administrativo generado por IA causa un daño. El principio de responsabilidad patrimonial de la administración (por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos) se extenderá a los fallos algorítmicos.

Si la IA toma una decisión que causa un perjuicio económico (ej. excluye una oferta correcta por un error de software), la responsabilidad recae en la Administración Pública, y la empresa perjudicada tendrá derecho a una indemnización.

La inteligencia artificial y la robotización son el presente de la Contratación Pública. Las empresas que aborden la licitación con la misma sofisticación legal y técnica que la Administración están en una posición de ventaja.

No basta con tener la mejor oferta; hay que saber defenderla frente a un sistema que puede ser implacable y opaco. Nuestro despacho combina el conocimiento profundo del acto administrativo y los Contratos del Sector Público con la experiencia tecnológica necesaria para auditar y combatir las decisiones algorítmicas. Si su empresa ha sido excluida o penalizada por una decisión que sospecha que fue tomada por un sistema automatizado, o si necesita asesoramiento para optimizar su estrategia de licitación en esta nueva era digital, contacte con Magnauz. Convertiremos la incertidumbre algorítmica en seguridad jurídica para su negocio.

MAGNAUZ

DIRECCIÓN

C/ Jorge Juan, 8,  4º C
28001 Madrid

Teléfono

Nicolás Aldea: 

696 67 57 95

Alfonso Arellano:

608 81 13 64

Email

Nicolás Aldea:

nicolas@magnauz.com

Alfonso Arellano:

alfonso@magnauz.com

Dirección

C/ Jorge Juan, 8,  4º C 
28001 Madrid